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marzo 25, 2024

RUMP: SE ELIMINA EL REQUISITO DE INSCRIPCIÓN

Queremos comunicarles que, mediante Boletín Oficial del día de la fecha, el MINISTERIO DE ECONOMÍA dio a conocer la Resolución N° 114/2024, por medio de la cual dispuso la eliminación del requisito de inscripción en el Registro Único de la Matriz Productiva (RUMP) como condición para iniciar trámites o acceder a determinados beneficios.

De acuerdo a los considerandos de la Resolución (ME) N° 114/2024, el Ministerio realizó un proceso de evaluación de la implementación de la herramienta y se encontró que los diferentes trámites del citado Registro representaban un obstáculo en el acceso de los ciudadanos y de las empresas a los organismos del Estado para el ejercicio de sus derechos y el resguardo de las garantías constitucionales de libertad económica.

 

En ese sentido, el Organismo evidenció que el referido Registro no cumplía con los objetivos para los cuales fue creado, representando una carga administrativa más para los ciudadanos que realizan trámites en el ámbito de la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo.

 

Consecuentemente, dispuso mediante Boletín Oficial del día de la fecha, el MINISTERIO DE ECONOMÍA dio a conocer la Resolución N° 114/2024, por medio de la cual dispuso la eliminación del requisito de inscripción en el Registro Único de la Matriz Productiva (RUMP) como condición para iniciar trámites o acceder a determinados beneficios.

Consecuentemente, dispuso DEROGAR las siguientes normas:

 

  • Resolución (ex Ministerio de Producción) N° 442/2016;
  • Resolución (ex Ministerio de Desarrollo Productivo) N° 328/2021;
  • Resolución N° (ex Unidad Gabinete de Asesores del ex Ministerio de Desarrollo Productivo) 24/2022;
  • Disposición (Dirección Nacional de Mejora de la Gestión Productiva) N° 11/2021;
  • Disposición (Dirección Nacional de Mejora de la Gestión Productiva) N° 18/2021;
  • Disposición (Dirección Nacional de Mejora de la Gestión Productiva) N° 4/2022;
  • Disposición (Dirección Nacional de Mejora de la Gestión Productiva) N° 8/ 2022.

 

Producto de ello, se estableció que la previa inscripción al R.U.M.P. como requisito de acceso a un determinado beneficio deberá considerarse ELIMINADA de toda norma dictada por unidades organizativas dependientes del Ministerio de Economía.

 

No obstante, se resolvió que se tendrá que tener presente que, con el dictado de esta medida, las unidades organizativas dependientes del ME podrán solicitar toda la documentación que consideren necesaria para acreditar personería o cualquier otro documento complementario que constare en dicho Registro.

 

Para finalizar, se informa que la resolución entrará en vigencia a partir de MAÑANA (26/03/2024).

 

Les compartimos la resolución.

Resolución 114-2024