{"id":853,"date":"2016-06-23T13:33:44","date_gmt":"2016-06-23T13:33:44","guid":{"rendered":"http:\/\/temp.hlf.com.ar\/?p=853"},"modified":"2020-02-24T00:10:33","modified_gmt":"2020-02-24T03:10:33","slug":"preguntas-frecuentes-masa-bruta-verificada","status":"publish","type":"novedades","link":"https:\/\/hlf.com.ar\/en\/novedades\/preguntas-frecuentes-masa-bruta-verificada\/","title":{"rendered":"FREQUENTLY ASKED QUESTIONS - VERIFIED GROSS MASS"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><a href=\"https:\/\/hlf.com.ar\/wp-content\/uploads\/2016\/06\/715660c562a064bdfcf50f8fe99e4021.jpg\"><img loading=\"lazy\" class=\"alignnone size-medium wp-image-854\" src=\"https:\/\/hlf.com.ar\/wp-content\/uploads\/2016\/06\/715660c562a064bdfcf50f8fe99e4021-300x168.jpg\" alt=\"715660c562a064bdfcf50f8fe99e4021\" width=\"300\" height=\"168\" \/><\/a><\/p>\n<p style=\"text-align: left;\"><strong>PREFECTURA NAVAL ARGENTINA<\/strong><\/p>\n<p>(Aplicaci\u00f3n de la Disposici\u00f3n RPOL, 008 N\u00b0 01\/16)<\/p>\n<p><strong>MASA BRUTA VERIFICADA DE CONTENEDORES LLENOS<\/strong><\/p>\n<p><strong>Respuestas a Preguntas Frecuentes<\/strong><\/p>\n<p><strong>JUNIO 2016<\/strong><\/p>\n<p><strong>INTRODUCCI\u00d3N<\/strong><\/p>\n<p>Las enmiendas a la Regla VI\/2 del Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar (SOLAS 74) fueron adoptadas mediante la Resoluci\u00f3n MSC.380 (94) de la Organizaci\u00f3n Mar\u00edtima Internacional (OMI).<\/p>\n<p>Dicha regla estipula la obligaci\u00f3n de verificar la masa bruta de los contenedores llenos antes de su estiba a bordo de un buque.<\/p>\n<p>A efectos de dar cumplimiento a dicha normativa internacional, el 8 de marzo de 2016 la Prefectura Naval Argentina dict\u00f3 la Disposici\u00f3n RPOL, 008 N\u00b0 01\/16 \u201cMedidas relativas a la verificaci\u00f3n de la masa bruta de los contenedores llenos\u201d. Desde su publicaci\u00f3n, se han recibido diversas consultas sobre distintas cuestiones vinculadas con las distintas alternativas que se presentan en la pr\u00e1ctica. A fin de capitalizar dicha experiencia, el Departamento Reglamentaci\u00f3n de la Navegaci\u00f3n, dependiente de la Direcci\u00f3n de Polic\u00eda de Seguridad de la Navegaci\u00f3n de la Instituci\u00f3n, ha seleccionado las preguntas m\u00e1s frecuentes con el objeto de que sirvan de gu\u00eda a otros usuarios en el entendido que las respuestas en nada suplantan al texto de la norma.<\/p>\n<p>Pregunta: <strong>\u00bfA partir de qu\u00e9 fecha debo cumplir con las disposiciones de la Disposici\u00f3n RPOL, 008 N\u00b0 01\/16? \u00bfYa se encuentra vigente?<\/strong><\/p>\n<p>RESPUESTA: La Disposici\u00f3n entr\u00f3 en vigor a los treinta d\u00edas (30) de su publicaci\u00f3n en el Bolet\u00edn Oficial de la Rep\u00fablica Argentina el pasado mes de abril con el objeto de brindar tiempo suficiente a las partes involucradas y adoptar las medidas necesarias a efectos de hacer frente a la exigencia internacional. Sin perjuicio de ello, sus disposiciones resultar\u00e1n de obligado cumplimiento a partir del d\u00eda 1 de julio del corriente a\u00f1o. Es decir, en consonancia con la entrada en vigor de la enmienda al Convenio SOLAS, a partir del 1 de julio de 2016 no se podr\u00e1 embarcar ning\u00fan contenedor lleno sin que antes se haya obtenido e informado su masa bruta verificada (MBV).<\/p>\n<p>Pregunta: <strong>\u00bfQu\u00e9 suceder\u00e1 con los contenedores llenos que se embarquen antes del 1 de julio de 2016 sin la MBV?<\/strong><\/p>\n<p>RESPUESTA: En concordancia con las recomendaciones de la Organizaci\u00f3n Mar\u00edtima Internacional (OMI) \u201cAsesoramiento para las Administraciones, Autoridades de supervisi\u00f3n por el Estado rector del puerto, compa\u00f1\u00edas, terminales portuarias y capitanes sobre las prescripciones del convenio SOLAS relativas a la masa bruta verificada de los contenedores llenos\u201d (MSC.1\/Circ.1548, del 23 mayo 2016), la Prefectura permitir\u00e1 que los contenedores que se carguen antes de dicha fecha y se trasborden el 1 de julio de 2016 o posteriormente, se expidan a su puerto final de descarga sin su MBV.<\/p>\n<p>Pregunta: <strong>Qu\u00e9 factores se tuvieron en cuenta en el desarrollo de la Disposici\u00f3n RPOL,008 N\u00ba 01\/16 y qu\u00e9 mecanismo de revisi\u00f3n se previ\u00f3?<\/strong><\/p>\n<p>RESPUESTA: La mencionada Disposici\u00f3n se elabor\u00f3 teniendo en cuenta las recomendaciones de la OMI y en consenso con los principales sectores interesados. Cuando la experiencia recogida as\u00ed lo aconseje, se prev\u00e9 revisar la normativa a trav\u00e9s de una Ordenanza.<\/p>\n<p>Pregunta: <strong>\u00bfQui\u00e9n es el responsable de obtener e informar la MBV?<\/strong><\/p>\n<p>RESPUESTA: El Expedidor.<\/p>\n<p>Pregunta: <strong>\u00bfQui\u00e9n es el Expedidor?<\/strong><\/p>\n<p>RESPUESTA: Es la entidad o persona jur\u00eddica mencionada en el conocimiento de embarque o en la carta de porte mar\u00edtimo o documento de transporte multimodal equivalente (por ejemplo, un conocimiento de embarque \u201cdirecto\u201d) como expedidor y\/o la persona que haya concertado (o en cuyo o por cuenta de la cual se haya concertado) un contrato de transporte de mercanc\u00edas con una compa\u00f1\u00eda naviera.<\/p>\n<p>Pregunta: <strong>\u00bfCu\u00e1l es la forma de comunicar la MBV?<\/strong><\/p>\n<p>RESPUESTA: La MBV puede ser comunicada a trav\u00e9s de un documento de expedici\u00f3n o a trav\u00e9s de medios electr\u00f3nicos (ej. Sistema EDI). Cualquiera sea su forma, se debe establecer claramente que la masa comunicada es la MBV y dicha comunicaci\u00f3n debe estar firmada por el expedidor con car\u00e1cter de declaraci\u00f3n jurada. La Disposici\u00f3n deja a las partes involucradas determinar la forma y oportunidad de comunicar la MBV. La comunicaci\u00f3n entre todos los participantes de la cadena de exportaci\u00f3n de un contenedor lleno es fundamental.<\/p>\n<p>Pregunta: <strong>\u00bfExiste un plazo l\u00edmite para que la informaci\u00f3n sea recibida por la compa\u00f1\u00eda naviera y el operador de la terminal?<\/strong><\/p>\n<p>La necesidad de transmitir con antelaci\u00f3n la MBV est\u00e1 vinculada a la elaboraci\u00f3n del plan de estiba del buque. La normativa no estipula un plazo l\u00edmite para dicha presentaci\u00f3n ya que se trata de una cuesti\u00f3n comercial. El expedidor debe acordar tanto con la compa\u00f1\u00eda naviera como con el representante de la terminal portuaria el plazo l\u00edmite para comunicar la MBV.<\/p>\n<p>Pregunta: <strong>Si las mercanc\u00edas son colocadas en un buque de transbordo de contenedores de, por ejemplo, Buenos Aires que se dirige a Rotterdam, \u00bfla MBV habr\u00e1 de establecerse en Buenos Aires o Rotterdam o en ambos lugares?<\/strong><\/p>\n<p>RESPUESTA: Se requiere la MBV antes de cargar el contenedor lleno a bordo de un buque alcanzado por las prescripciones del Convenio SOLAS en su puerto inicial de carga, a menos que sea conducido a bordo de un buque de carga rodada en un acoplado o remolque. As\u00ed, en este supuesto, la MBV debe determinarse antes de la carga a bordo del buque en Buenos Aires.<\/p>\n<p>Pregunta: <strong>\u00bfEsta norma rige para los contenedores llenos que ser\u00e1n cargados en todos los buques?<\/strong><\/p>\n<p>RESPUESTA: No. Solamente es aplicable a los contenedores llenos que se embarquen en buques que se rigen por el Convenio SOLAS (es decir, buques de m\u00e1s de 500 toneladas de arqueo que realizan viaje internacional por mar).<\/p>\n<p>Pregunta: <strong>\u00bfQu\u00e9 otras responsabilidades emanan de la Disposici\u00f3n?<\/strong><\/p>\n<p>RESPUESTA: La compa\u00f1\u00eda naviera debe transmitir la MBV al representante de la terminal\u00a0portuaria y el capit\u00e1n no debe embarcar ning\u00fan contenedor lleno si no se le ha suministrado antes su MBV. Es decir que en la cadena de exportaci\u00f3n del contenedor lleno, si bien el expedidor es el responsable de obtener y verificar la MBV, existen otros agentes con responsabilidad en la informaci\u00f3n. Finalmente, la terminal portuaria debe contar con procedimientos en caso que se reciba un contenedor respecto del cual no se le ha proporcionado la MBV.<\/p>\n<p>Pregunta: <strong>\u00bfQu\u00e9 m\u00e9todos se pueden utilizar en la Argentina para verificar la masa bruta de un contenedor lleno?<\/strong><\/p>\n<p>RESPUESTA: En concordancia con las recomendaciones de la OMI (Circular MSC.1\/Circ.1475) la mencionada Disposici\u00f3n establece que el expedidor puede obtener la MBV a trav\u00e9s de alg\u00fan de los siguientes m\u00e9todos:<\/p>\n<p>* M\u00e9todo 1: concluidos la arrumaz\u00f3n y el consolidado del contenedor, el contenedor lleno es pesado por el expedidor o una tercera parte que \u00e9l disponga.<\/p>\n<p>* M\u00e9todo 2. Todos los bultos y elementos de la carga son pesados por el expedidor (o la tercera parte que el expedidor haya dispuesto) a\u00f1adiendo luego la masa de los pallets, la madera de estiba, dem\u00e1s material de embalaje y de sujeci\u00f3n y finalmente la masa de la tara inscripta en el contenedor.<\/p>\n<p>Pregunta: <strong>\u00bfQu\u00e9 sistemas de pesaje se pueden utilizar?<\/strong><\/p>\n<p>RESPUESTA: Solamente las balanzas, b\u00e1sculas y otros medios de pesaje que mantengan vigente su certificaci\u00f3n por el organismo nacional competente, de conformidad con las normas del Instituto Nacional de Tecnolog\u00eda Industrial (INTI).<\/p>\n<p>Pregunta: <strong>\u00bfLa PNA tiene un registro de las balanzas habilitadas?<\/strong><\/p>\n<p>RESPUESTA: No. La Prefectura no lleva ese registro.<\/p>\n<p>Pregunta: <strong>\u00bfQu\u00e9 requisitos tienen que cumplir los Expedidores que opten por el M\u00e9todo 1 de pesaje?<\/strong><\/p>\n<p>RESPUESTA: Deben utilizar balanzas habilitadas que emitan un ticket o comprobante con los datos contenidos en la norma. Si alguno de estos datos no figura en el mismo ticket se lo puede incluir en otro documento, pero siempre con la firma del expedidor.<\/p>\n<p>Pregunta: <strong>Si el expedidor opta por el m\u00e9todo 1 y en el establecimiento se pesa el cami\u00f3n con el contenedor vac\u00edo al ingreso y luego de cargar el contenedor se vuelve a pesar el cami\u00f3n con el contenedor lleno, \u00bfse puede utilizar la tara del contenedor para obtener la MBV?<\/strong><\/p>\n<p>RESPUESTA: Si. En ese caso la MBV verificada ser\u00e1 obtenida mediante la suma del peso registrado por la balanza m\u00e1s la tara indicada en la chapa del contenedor acorde la norma de la Organizaci\u00f3n Internacional de Normalizaci\u00f3n (ISO 6346).<\/p>\n<p>Pregunta: <strong>\u00bfQu\u00e9 pasa si la masa de la tara que figura en los contenedores falta o es incorrecta?<\/strong><\/p>\n<p>RESPUESTA: Los expedidores no est\u00e1n obligados a verificar la tara del contenedor. En caso que el contenedor no se indique su tara, el Expedidor puede optar por pesarlo o ponerse en contacto con el operador de los contenedores con el objeto de adoptar las medidas que estime oportunas.<\/p>\n<p>Pregunta: <strong>\u00bfPuede utilizarse el M\u00e9todo 1 y solicitar la obtenci\u00f3n de la MBV a la terminal portuaria?<\/strong><\/p>\n<p>RESPUESTA: El expedidor tiene libertad de pesar el contenedor lleno en cualquier establecimiento que cuente con equipos calibrados y certificados de pesaje. Depender\u00e1 del acuerdo comercial al que hayan arribado las partes.<\/p>\n<p>Pregunta:<strong> Las compa\u00f1\u00edas navieras han adecuado sus actuales sistemas para permitir que el expedidor proporcione la MBV por medios electr\u00f3nicos. \u00bfEn ese caso, es necesario que los expedidores que utilizan el M\u00e9todo 1 remitan adem\u00e1s el ticket de pesaje?<\/strong><\/p>\n<p>RESPUESTA: Si. Los expedidores deben informar la MBV con car\u00e1cter de declaraci\u00f3n jurada a las compa\u00f1\u00edas navieras y al representante de la terminal portuaria, y adem\u00e1s deben proporcionar a la naviera o a su representante el ticket correspondiente.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">El prop\u00f3sito de conservar el comprobante de pesaje es doble: por un lado, brinda a la compa\u00f1\u00eda naviera la posibilidad de contar con un respaldo probatorio de la MBV informada por el expedidor y por otro lado brinda a la Prefectura Naval Argentina la posibilidad de contar con el elemento de control en caso de discrepancia o de actuaci\u00f3n administrativa.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">En la mayor\u00eda de los casos la compa\u00f1\u00eda naviera recibir\u00e1 la MBV electr\u00f3nicamente y los registros no ser\u00e1n f\u00e1cilmente accesibles para la PNA en todos los casos. La experiencia que se recoja en la aplicaci\u00f3n de la normativa permitir\u00e1 conocer hasta qu\u00e9 punto se trata de una carga administrativa justificada. Los tickets pueden ser transmitidos por medio de correo electr\u00f3nico y deber\u00e1n estar en guarda por un plazo no menor a seis (6) meses.<\/p>\n<p>Pregunta: <strong>\u00bfQu\u00e9 requisitos deben cumplir los Expedidores que opten por el M\u00e9todo 2?<\/strong><\/p>\n<p>RESPUESTA: La Disposici\u00f3n establece que los Expedidores que opten por el M\u00e9todo 2 deben inscribirse en el Registro de Empresas que a tal efecto lleva la PNA, dependiente del Departamento T\u00e9cnico de la Navegaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n de Polic\u00eda de Seguridad de la Navegaci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\"><strong>Edificio de Prefectura Naval Argentina<\/strong><\/p>\n<p>Av. Eduardo Madero 235 Piso 1\u00b0 oficinas 1.42\/1.43<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">Tel\u00e9fono: 011 4318 \u2013 7400\/7500 internos 2142\/2143<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">dpsn-regem@prefecturanaval.gov.ar<\/p>\n<p>La Prefectura extender\u00e1 un Certificado de inscripci\u00f3n que tendr\u00e1 una validez de cinco (5) a\u00f1os y lo publicar\u00e1 en el listado que a tal efecto mantendr\u00e1 en su sitio en Internet.<\/p>\n<p>Pregunta: <strong>\u00bfEn el M\u00e9todo 2, es necesaria alguna certificaci\u00f3n?<\/strong><\/p>\n<p>RESPUESTA: Cuando el proceso de obtenci\u00f3n de la MBV est\u00e9 incluido dentro de los procesos certificados de conformidad con una norma de gesti\u00f3n de calidad, no ser\u00e1 necesaria ninguna otra certificaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Pregunta: <strong>Si el establecimiento exportador no posee certificaci\u00f3n de su proceso de obtenci\u00f3n de la MBV \u00bfEs posible inscribirse como Expedidor que utiliza el M\u00e9todo 2?<\/strong><\/p>\n<p>RESPUESTA: Si. Los expedidores que utilicen el M\u00e9todo 2 que no cuenten con un sistema de pesaje certificado, podr\u00e1n inscribirse presentando su Procedimiento de pesaje a modo de declaraci\u00f3n jurada. Esta inscripci\u00f3n caducar\u00e1 el 31 de diciembre de 2016. Con posterioridad a dicha fecha, deber\u00e1n contar con un proceso de pesaje certificado para poder seguir con este M\u00e9todo.<\/p>\n<p>Pregunta: <strong>Si interviene un freight-forwarder (Agente de carga) \u00bfPuede inscribirse en PNA para operar a trav\u00e9s del M\u00e9todo 2? \u00bfPuede el freight \u2013 forwarder depender del valor de la MBV proporcionada por su cliente?<\/strong><\/p>\n<p>RESPUESTA: A los efectos de la mencionada Disposici\u00f3n, el freight \u2013 forwarder que firma el contrato de transporte se convierte en el expedidor. Consecuentemente, ser\u00e1 el responsable de obtener e informar la MBV. Si desea inscribirse en la Prefectura como expedidor que utiliza el M\u00e9todo 2, debe satisfacer los requisitos de la Disposici\u00f3n, incluida la certificaci\u00f3n del proceso de obtenci\u00f3n de la MBV.<\/p>\n<p>Pregunta: <strong>Si una empresa s\u00f3lo ofrece cargas parciales\/menos de la carga de un contenedor, nunca una carga completa de contenedor, \u00bfcu\u00e1l es su posici\u00f3n?<\/strong><\/p>\n<p>RESPUESTA: La responsabilidad de proporcionar la MBV de un contenedor que agrupa cargas de diferentes propietarios se encuentra en cabeza del expedidor cuyo nombre aparece en el conocimiento de embarque. Es decir, el freight-forwarder &#8220;maestro&#8221; es el encargado de verificar y proporcionar la masa bruta del contenedor lleno.<\/p>\n<p>Pregunta: <strong>Si se elige el M\u00e9todo 2 y efect\u00faan transacciones varias compa\u00f1\u00edas de diferentes pa\u00edses, \u00bfqu\u00e9 entidad debe cumplir con la norma?<\/strong><\/p>\n<p>RESPUESTA: La entidad que tendr\u00eda que cumplir con las normas y reglamentos nacionales es la del Estado en el que se completa la arrumaz\u00f3n y el consolidado del contenedor.<\/p>\n<p>Pregunta: <strong>\u00bfLa compa\u00f1\u00eda naviera o la terminal portuaria est\u00e1n obligados a comprobar la MBV?<\/strong><\/p>\n<p>RESPUESTA: No. El expedidor cumple su obligaci\u00f3n con la obtenci\u00f3n y la informaci\u00f3n de la MBV. No obstante, las terminales o a las navieras pueden decidir pesar el contenedor.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">A los efectos de tener en cuenta distintos factores que pueden alterar el pesaje original (por ej. humedad de la carga, los elementos de arrumaje, del cart\u00f3n utilizado en el embalaje, etc.) la Disposici\u00f3n admite una discrepancia m\u00e1xima del \u00b15% entre la MBV informada por el expedidor y el peso que puede obtener la compa\u00f1\u00eda o la terminal portuaria.<\/p>\n<p>Fuera de la discrepancia admitida, la compa\u00f1\u00eda o la terminal portuaria que haya pesado el\u00a0contenedor lleno podr\u00e1 cobrarle al expedidor este servicio de pesaje.<\/p>\n<p>Asimismo, La PNA ha dispuesto adem\u00e1s que en los casos en que la discrepancia fuera superior al m\u00e1ximo mencionado, las terminales informen a la Autoridad Mar\u00edtima y den cumplimiento a la Disposici\u00f3n RPOL, 008 N\u00b0 02\/16.<\/p>\n<p>Pregunta: <strong>\u00bfExisten instalaciones tales como las terminales portuarias que se consideran un \u201cpesador verificado\u201d o una entidad de pesaje certificada?<\/strong><\/p>\n<p>RESPUESTA: La norma no contempla la figura de un \u201cpesador verificado\u201d. Resulta suficiente obtener la MBV utilizando balanzas calibradas y certificadas por la autoridad competente.<\/p>\n<p>Pregunta: <strong>\u00bfSe puede usar el M\u00e9todo 2 para obtener la MBV de cualquier tipo de carga?<\/strong><\/p>\n<p>RESPUESTA: No. El punto 8.5 de la Disposici\u00f3n RPOL, 008 N\u00b0 01\/16 indica que no se puede usar el M\u00e9todo 2 con cargas como chatarra, grano no transportado en sacos y otras cargas a granel.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">Pregunta: <strong>Si se desea embarcar un contenedor lleno, por ejemplo, en un buque en el puerto de Ushuaia con destino a Buenos Aires para luego realizar el transbordo con destino final alg\u00fan puerto de Europa \u00bfD\u00f3nde debe determinarse la MBV?<\/strong><\/p>\n<p>RESPUESTA: No existe obligaci\u00f3n de proporcionar la masa bruta mientras el buque realice cabotaje. Si en el puerto de Ushuaia se lo quiere embarcar en un buque SOLAS, no es obligatorio proporcionar previamente su MBV. En tal caso, la MBV deber\u00e1 proporcionarse en el puerto de Buenos Aires, antes de embarcar en el buque que realizar\u00e1 la traves\u00eda mar\u00edtima internacional.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">Pregunta: <strong>\u00bfCu\u00e1l ser\u00e1 el nivel de sanciones impuestas por la PNA si un contenedor es entregado por un expedidor a una compa\u00f1\u00eda naviera con una masa bruta err\u00f3neamente declarada o si un expedidor no proporciona la MBV de un contenedor lleno?<\/strong><\/p>\n<p>RESPUESTA: La Prefectura verificar\u00e1 el cumplimiento de las disposiciones mencionadas a trav\u00e9s de distintos controles cruzados que incluyen la supervisi\u00f3n a bordo por medio de las inspecciones de Estado Rector de Puerto o como Estado de Abanderamiento, inspecciones a las Instalaciones Portuarias, auditor\u00edas a los sistemas de gesti\u00f3n de las compa\u00f1\u00edas navieras y sus representantes y el examen de las discrepancias informadas por las terminales portuarias.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">En los casos que corresponda, se iniciar\u00e1n las actuaciones tendientes a determinar las responsabilidades y determinar si corresponde la aplicaci\u00f3n de una sanci\u00f3n, multa o baja de registro.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">Pregunta: <strong>\u00bfLa determinaci\u00f3n de la MBV persigue tambi\u00e9n fines aduaneros?<\/strong><\/p>\n<p>RESPUESTA: No. La mencionada Disposici\u00f3n especifica claramente en sus considerandos que las medidas no responden a cuestiones fiscales. La determinaci\u00f3n de la MBV tiene por objeto promover la seguridad de la navegaci\u00f3n. La normativa aduanera nacional no se ver\u00e1 afectada. Usualmente la normativa aduanera se refiere a la masa neta de la carga, mientras que\u00a0la normativa de la Prefectura se refiere a la masa bruta total del contenedor lleno, es decir, considerando el embalaje, los elementos de arrumaz\u00f3n, el peso del contenedor, etc.<\/p>\n<p>Nota final: En caso de duda o necesidad de aclaraci\u00f3n de la normativa internacional y nacional dirigirse a:<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">Departamento Reglamentaci\u00f3n de la Navegaci\u00f3n<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">Direcci\u00f3n Polic\u00eda de Seguridad de la Navegaci\u00f3n<\/p>\n<p>PREFECTURA NAVAL ARGENTINA<\/p>\n<p>Autoridad Mar\u00edtima<\/p>\n<p><strong>FUENTE: PREFECTURA<span style=\"color: #999999;\">\u00a0NAVAL\u00a0ARGENTINA<\/span><\/strong><\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>ARGENTINE NAVAL PREFECTURE (Application of Provision RPOL, 008 N \u00b0 01\/16) VERIFIED GROSS MASS OF FULL CONTAINERS Answers to Frequently Asked Questions JUNE 2016 INTRODUCTION The amendments to Regulation VI \/ 2 of the International Convention for the safety of human life in the Mar (SOLAS 74) were adopted by Resolution MSC.380 (94) of the Organization [\u2026]<\/p>","protected":false},"featured_media":0,"template":"","yoast_head":"<!-- This site is optimized with the Yoast SEO plugin v15.1 - https:\/\/yoast.com\/wordpress\/plugins\/seo\/ -->\n<meta name=\"robots\" content=\"index, follow, max-snippet:-1, max-image-preview:large, max-video-preview:-1\" \/>\n<link rel=\"canonical\" href=\"https:\/\/hlf.com.ar\/en\/novedades\/preguntas-frecuentes-masa-bruta-verificada\/\" \/>\n<meta property=\"og:locale\" content=\"en_US\" \/>\n<meta property=\"og:type\" content=\"article\" \/>\n<meta property=\"og:title\" content=\"PREGUNTAS FRECUENTES - MASA BRUTA VERIFICADA - HLF Custom Services\" \/>\n<meta property=\"og:description\" content=\"PREFECTURA NAVAL ARGENTINA (Aplicaci\u00f3n de la Disposici\u00f3n RPOL, 008 N\u00b0 01\/16) MASA BRUTA VERIFICADA DE CONTENEDORES LLENOS Respuestas a Preguntas Frecuentes JUNIO 2016 INTRODUCCI\u00d3N Las enmiendas a la Regla VI\/2 del Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar (SOLAS 74) fueron adoptadas mediante la Resoluci\u00f3n MSC.380 (94) de la Organizaci\u00f3n [&hellip;]\" \/>\n<meta property=\"og:url\" content=\"https:\/\/hlf.com.ar\/en\/novedades\/preguntas-frecuentes-masa-bruta-verificada\/\" \/>\n<meta property=\"og:site_name\" content=\"HLF Custom Services\" \/>\n<meta property=\"article:modified_time\" content=\"2020-02-24T03:10:33+00:00\" \/>\n<meta property=\"og:image\" content=\"http:\/\/hlf.com.ar\/wp-content\/uploads\/2016\/06\/715660c562a064bdfcf50f8fe99e4021-300x168.jpg\" \/>\n<meta name=\"twitter:card\" content=\"summary_large_image\" \/>\n<script type=\"application\/ld+json\" class=\"yoast-schema-graph\">{\"@context\":\"https:\/\/schema.org\",\"@graph\":[{\"@type\":\"WebSite\",\"@id\":\"https:\/\/hlf.com.ar\/en\/#website\",\"url\":\"https:\/\/hlf.com.ar\/en\/\",\"name\":\"HLF Custom Services\",\"description\":\"\",\"potentialAction\":[{\"@type\":\"SearchAction\",\"target\":\"https:\/\/hlf.com.ar\/en\/?s={search_term_string}\",\"query-input\":\"required name=search_term_string\"}],\"inLanguage\":\"en-US\"},{\"@type\":\"ImageObject\",\"@id\":\"https:\/\/hlf.com.ar\/novedades\/preguntas-frecuentes-masa-bruta-verificada\/#primaryimage\",\"inLanguage\":\"en-US\",\"url\":\"https:\/\/hlf.com.ar\/wp-content\/uploads\/2016\/06\/715660c562a064bdfcf50f8fe99e4021-300x168.jpg\"},{\"@type\":\"WebPage\",\"@id\":\"https:\/\/hlf.com.ar\/novedades\/preguntas-frecuentes-masa-bruta-verificada\/#webpage\",\"url\":\"https:\/\/hlf.com.ar\/novedades\/preguntas-frecuentes-masa-bruta-verificada\/\",\"name\":\"PREGUNTAS FRECUENTES - MASA BRUTA VERIFICADA - HLF Custom Services\",\"isPartOf\":{\"@id\":\"https:\/\/hlf.com.ar\/en\/#website\"},\"primaryImageOfPage\":{\"@id\":\"https:\/\/hlf.com.ar\/novedades\/preguntas-frecuentes-masa-bruta-verificada\/#primaryimage\"},\"datePublished\":\"2016-06-23T13:33:44+00:00\",\"dateModified\":\"2020-02-24T03:10:33+00:00\",\"inLanguage\":\"en-US\",\"potentialAction\":[{\"@type\":\"ReadAction\",\"target\":[\"https:\/\/hlf.com.ar\/novedades\/preguntas-frecuentes-masa-bruta-verificada\/\"]}]}]}<\/script>\n<!-- \/ Yoast SEO plugin. -->","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/hlf.com.ar\/en\/wp-json\/wp\/v2\/novedades\/853"}],"collection":[{"href":"https:\/\/hlf.com.ar\/en\/wp-json\/wp\/v2\/novedades"}],"about":[{"href":"https:\/\/hlf.com.ar\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/novedades"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/hlf.com.ar\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=853"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}