Les compartimos el Decreto 29/2023 mediante el cual la alícuota del Impuesto País pasa del 7,5% al 17,5%. Dichas subas afectarán a las importaciones de bienes y servicios. A su vez, a través de la Resolución General 5464/2023, se determina el pago a cuenta del 16,625% y del 28% dependiendo de la NCM de la cual se trate.
Mediante el Decreto N° 28/2023 los exportadores podrán liquidar un 80% en el Mercado Único y Libre de Cambios mientras que el 20% restante en el mercado financiero.
Por último, el Banco Central de la República Argentina emitió la Comunicación A 917, entre las novedades encontramos que no será necesario contar con una declaración efectuada a través del Sistema de importaciones de la República Argentina (SIRA) en estado “SALIDA” como requisito de acceso al mercado de cambios y tampoco el convalidar la operación en el sistema informático “Cuenta Corriente Única de Comercio Exterior. Además, se establecen plazos en función de la NCM y el tipo de operación.
Decreto 29-2023
Resolución General 5464-2023
Decreto 28-2023
A7917