La Secretaría de Comercio dispuso mediante una resolución, publicada este martes en el Boletín Oficial, que los exportadores cuyas operaciones están comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur “deberán ingresar las dividas al sistema financiero local dentro del plazo de 365 días corridos”.
El anterior plazo, establecido por resoluciones de marzo y abril de este año, era de 180 días para una lista de productos, medida que el gobierno había tomado para flexibilizar los requisitos de los exportadores, que venían reclamando mejores condiciones de competitividad.
La lista de productos a la que se refiere la resolución implica también una ampliación del universo arancelario que estará sujeto a los nuevos plazos de liquidación, ya que la nomenclatura del Mercosur abarca casi todos los bienes de exportación, incluidos los industriales, contra las más de 600 posiciones arancelarias contemplados en la norma anterior, principalmente, agroalimentos.
Según la Resolución 91/2016, el nuevo plazo apunta a “promover la competitividad de la economía local así como una mayor inserción comercial”, además de buscar “abrir mercados a los productos argentinos, con reglas simples de exportación y facilidades de financiación para todo el universo de productores, empresas y exportadores”.
Los exportadores consideraron la medida como “un nuevo paso positivo” del Ministerio de la Producción, cartera de la cual depende la Secretaría de Comercio, a cargo de Miguel Braun.
“Es un nuevo paso positivo y confiamos que se amplíe para el caso de bienes de capital y partes y piezas para su construcción, y en el caso de licitaciones internacionales”, indicó el presidente de la Cámara de Exportadores de la República Argentina (CERA), Enrique Mantilla.
El dirigente elogió la gestión de Braun, de quien resaltó su “iniciativa y apertura al diálogo para fortalecer el desarrollo exportador”.
SOURCE: TÉLAM