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May 4, 2017

UNA LUZ AL FINAL DEL TÚNEL ADUANERO

Aunque se perciben cambios favorables, si se instrumentaran sencillas resoluciones que no requieren de acuerdos ni partidas presupuestarias especiales, podrían obtenerse grandes beneficios.

He escrito sobre las reformas al sistema procesal aduanero e incluso integré una comisión de varias instituciones que propuso medidas concretas que nunca fueron tratadas como pasó con otras valiosas que no tuvieron apoyo político.

Por eso dedicaré estas líneas a las mejoras modestas que pueden hacerse sin necesidad de comisiones ni acuerdo de bloques ni partidas presupuestarias. Sólo se necesita decisión y voluntad para mejorar -aunque sea en parte- el sistema de juzgamiento de los conflictos y el trámite burocrático aduanero en general.

Si admitiéramos el consejo de Unamuno deberíamos asumir el compromiso de despejar el camino de los obstáculos para facilitar los cambios relevantes y complicados que necesitan audacia, inteligencia y fondos, lo que siempre falta.

Necesitamos un mejoramiento inmediato de los detalles. El fastidio e impotencia de los funcionarios y los administrados se puede disminuir rápidamente y con los recursos que se poseen (personal, normas y represión) si son utilizados en forma racional y adecuada.

Facilitación más allá del comercio

El mundo reclama la facilitación del comercio y agilidad en las aduanas y no se trata sólo del despacho de la mercadería sino también de la aplicación adecuada y rápida de las normas y del juzgamiento de los conflictos. No tener un nivel razonable de eficiencia coloca al país en una lista negra que significa pagar costos y aislarse del mundo globalizado.

Por supuesto que necesitamos una revisión integral del excelente Código vigente para adecuarlo a las nuevas realidades jurídicas y tecnológicas. Pero antes de encarar esa ciclópea tarea, que a pocos parece interesarles y menos a los políticos que deben votarla, es necesario remediar lo de todos los días.

Hay nuevos vientos y de allí el título de esta nota. La instrucción que eleva el monto mínimo para iniciar sumarios a $15.000, evitando que las abarrotadas oficinas se ocupen de bagatelas, es el ejemplo de lo que puede hacerse con una simple resolución que aligera la pesada carga de los juzgadores.

Otra, que se logró después de años, es admitir la garantía de las eventuales multas con seguros de caución. Tampoco se necesitó otra cosa que la decisión de un organismo porque el Código lo previó hace casi cuatro décadas. Falta ver si así se logra evitar los perjuicios que causaba una denuncia con retención de la mercadería que a veces se convierte en la más eficaz herramienta de la exacción ilegal. Todavía queda por obligar que el monto a garantizar sea determinado en 48 horas y el libramiento no demore más de una semana, como lo establecen resoluciones de la ANA, nunca cumplidas.

Con el seguro de caución se preserva el interés del Fisco y se permite ejercer los derechos de los administrados sin la compulsión de estar necesitados de la mercadería, imprescindible para su actividad, y que el conflicto se someta a la decisión judicial, como corresponde.

Resolución simple

Es más, con una simple resolución podrían aceptarse como garantía los títulos públicos admitidos por ley (art. 455, b CA), salvo que se piense que nunca se pagarán. Con la apertura de una cuenta custodia del Banco Nación se podrían depositar estos títulos y sus intereses reinvertidos manteniendo el valor actualizado y la ejecución de la garantía, de ser necesaria, sería simplísima.

Es cierto que esto parece mínimo frente a la magnitud de la operatoria aduanera pero sin duda se trataría de un meritorio avance en la agilización de los procesos, la posibilidad de la defensa de los derechos y la eliminación de una herramienta de coerción. Todo ello exige, claro, una adecuada reglamentación y el control de la ejecución para que sea oportuna y que no pueda desvirtuarse por los intereses afectados.

Otras medidas, que poco necesitan para ser implementadas y que se han dejado de usar son el desistimiento de la denuncia y la responsabilidad del funcionario cuando excede sus funciones.

El Código (art. 1090, b) obliga al Juez administrativo a analizar y desestimar la denuncia cuando no fuere verosímil, careciera de seriedad o el hecho no configurare una infracción. Pero no se refiere a que si el denunciante fuera un funcionario (y más si fuera aduanero) también debe investigarse su idoneidad y su responsabilidad personal en el plano civil.

Además es básica la reorganización de tareas diarias que evite que un expediente tarde una semana para pasar de una oficina a otra dentro del mismo edificio o cuando es enviada a otra sede por el indiscutible sistema del “bolsín”, o bien que una notificación demore meses estando disponible todo un sistema (Signea) que sólo funciona aleatoria y parcialmente, pese al tiempo que lleva ejecutándose. Si a ello agregamos que cayó en desuso la posibilidad de averiguar online la ubicación de las actuaciones, aunque esté vigente en el sistema, se revela la necesidad de tomar éstas y otras medidas donde todo está dispuesto para evitar que los expedientes se eternicen por los pases, el uso del inefable bolsín y la concurrencia de los particulares a la Aduana.

Paradoja

La Aduana cuenta con una enorme mayoría de personal idóneo y honrado. Sin embargo la imagen es pésima por los escándalos que se han hecho públicos y la percepción popular. Es indispensable sanear y para lograrlo se necesita valentía, prestigio y decisión porque se debe reivindicar a esa mayoría de agentes honestos y esforzados agraviados por el inmerecido desprestigio aunque así salgamos de lo sencillo para ingresar en la lista de lo necesario.

Estoy seguro de que otras simples medidas pueden tomarse con el sólo propósito de mejorar las cosas pero para ello hay que olvidarse de la comodidad del cumplimiento formal del tabicado marco funcional para involucrarse en la tarea de mejorar. Sé que hay gente decidida a hacerlo pero se necesita romper la inercia de décadas y sentir el apoyo institucional a esas convicciones personales que hacen que el trabajo sea dignificador y no un medio de sustento.

Aduaneros, ¡a las cosas!

Empecemos por las pequeñas para que la luz al final del túnel ilumine lo suficiente para encarar las grandes modificaciones.

El autor es director del Programade Posgrado de Derecho Aduanero de la UBA

SOURCE: THE NATION