El Centro Despachantes de Aduana (CDA) informa a sus asociados que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha enviado vía SICNEA, una comunicación general referida a las pautas para la implementación de la Disposición 79/2016, la cual aprueba las modificaciones de la estructura organizativa de la Dirección General de Aduana (DGA).
Debajo se transcribe el texto completo de la comunicación.
Pautas para la implementación de la Disposición 79/2016 (AFIP)
Introducción
A partir del dictado de la Disposición 79/2016 (AFIP) se aprueban las modificaciones de la estructura organizativa de la Dirección General de Aduanas, por la cual desaparecen el Departamento Aduana de Buenos Aires Norte de la Dirección de Aduanas Metropolitanas I y el Departamento Aduana de Buenos Aires Sur de la Dirección de Aduanas Metropolitanas II dependientes de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas, pasando a reunificarse en la Dirección denominada Aduana de Buenos Aires.
Por ello, todas las declaraciones y operaciones sumarias o detalladas registradas con anterioridad a la fecha 2 de mayo de 2016 en la Aduanas
091 — Buenos Aires Norte
092— Buenos Aires Sur
deberán concluir sus operatorias sistémicas con el fin de la liberación de la mercadería en dichas aduanas.
A partir de esa fecha, deberán registrarse y declararse las declaraciones y operaciones sumarias o detalladas en la Aduana de Buenos Aires, cuyo código corresponde a 001.
Declaraciones registradas en el kit MALVINA
A partir de la fecha prevista para la implementación de la Disposición 79/2016 (AFIP), al declarar en el SIM, ya no se permitirán registrar nuevas destinaciones en las Aduanas de Buenos Aires Norte y Sur.
Sólo se mantiene la posibilidad de registrar, en las aduanas 091 y 092 las declaraciones postembarques, realizar reimpresiones e informar Avisos de Carga, por tratarse de declaraciones registradas previamente en dichas aduanas.
Cabe destacar que, se permitirá cancelar en el SIM desde la aduana 001 una declaración de Depósito Provisorio de Almacenamiento (I0A4) registrada previamente en las aduanas 091 o 092.
Asimismo, los títulos correspondientes a manifiestos de la aduana 091/092 podrán ser cancelados con destinaciones y operaciones (IC04, 1705, etc.), que tramitarán en la aduana de Buenos Aires (001).
Las aduanas 091 y 092 no podrán ser destino de tránsitos de importación ni de exportación.
Asimismo, se hace notar que al registrar las salidas de las declaraciones de TRM-, se pueden declarar en una misma salida varias declaraciones, sin embargo, no podrán registrar una salida mezclando las aduanas de registro, es decir que todas las declaraciones deberán pertenecer a una u otra aduana.
Declaraciones Sumarias
A partir de la fecha estipulada:
-No se generarán manifiestos de importación o de exportación en 091/092.
-Los títulos de la aduana 091/092 podrán ser cancelados con afectaciones y solicitudes de la Aduana de Buenos Aires (001), tanto sumarias (TLAT, IGCO, etc.), como detalladas (IC04, 1705, etc.).
La aduana 091/092 no podrá ser destino de tránsitos sumarios de importación, ni de traslados entre aduanas (TLEA).
“Se recomienda que el día 01/05 no se encuentren manifiestos y/o declaraciones sumarias en estado CUR en las aduanas 091 o 092, ya que las mismas no podrán continuar su declaración ni pasarlas a registrado.
En el caso de que hayan realizado una desconsolidación, deberán ingresar a la carátula del manifiesto de desconsolidación, cambiar el indicador de Desconsolidado de S a N, y varidar, así habrán liberado el manifiesto madre para poder realizar una futura desconsolidación en la aduana 001.”
SINTIA:
A partir del 02 de mayo próximo el registro del MIC no permitirá la aduana 091/092 como destino. Tampoco podrán registrarse nuevos MIC en la 091/092 (registro) desde la fecha de implementación de la nueva estructura.
Si se aceptarán MIC anteriores, con destino 091/092, así como los MIC registrados en la aduana 001 aceptarán la inclusión de permisos de las antiguas aduanas 091/092.
Las ciudades se vincularán al código 001.
Sistema Registral
Se recuerda que los Auxiliares del Servicio Aduanero y Comercio Exterior deberán cargar un domicilio especial aduanero en Aduana 001 (Buenos Aires), a través de la Opción “Declaración de Aduanas” del sistema Registra!, de no tenerlo a partir del 01/05/2016 no podrá operar en través del Sistema Informático MAL VINA y el KIT MAL VINA virtud de la Disposición 79/2016 AFIP.
Importante se puede asociar a la aduana 001 el mismo domicilio que actualmente presentan en las aduanas que dejan de existir.
FUENTE: CDA