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abril 12, 2016

AMPLÍAN DE 30 A 180 DÍAS EL PLAZO PARA LIQUIDAR DIVISAS DE EXPORTACIONES DE AVENA, CEBADA, CENTENO Y TRIGO

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Lo hizo a través de una resolución conjunta de los ministerios de Agroindustria, Hacienda, y Producción, que establece que los exportadores podrán registrar Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior (DJVE) de avena, cebada, centeno y trigo, correspondientes a la cosecha 2016/2017, desde el momento en que se comiencen a publicar valores FOB oficiales de los mencionados productos.

La resolución publicada este lunes en el Boletín Oficial precisó que “el plazo de validez de las Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior (DJVE) comenzará a regir a partir del 1° de diciembre del año 2016”.

Según el ministro de Agroindustria, Ricardo Buryaile, consideró que con esta resolución se “favorecen y agilizan las exportaciones, resguardando el normal abastecimiento del mercado interno al conocer el volumen proyectado de ventas al exterior”.

En este sentido el subsecretario de Mercados Agropecuarios, Jesús Silveyra indicó que la presente resolución “posibilitará la formación de precios para la próxima campaña, otorgándole previsibilidad al sector de la producción” ya que “si se declaran ventas, se declaran precios y se fijan horizontes”.

FUENTE: TÉLAM